Es una medida más para incentivar al usuario a tener en consideración la calificación energética a la hora de comprar una vivienda y a renovar sus propiedades con criterios de ahorro energético.
Para avalar su derecho a determinada reducción, los propietarios deberán presentar ante el Ayuntamiento la correspondiente certificación energética. Ésta empieza ser un documento que juega a nuestro favor y no un “impuesto revolucionario” como se entendió en un principio. Esperemos que salgan muchas otras medidas que premien a los que cuidan de sus viviendas.
¿Cuánto podré bajar mi cuota del IBI?
La reducción propuesta para el impuesto es la siguiente:
Calificación A 20%
Calificación B 16%
Calificación C 12%
Calificación D 8%
Calificación E 4%
Calificación F / G / sin certificación Sin bonificación
Estos datos son porcentajes máximos establecidos a nivel nacional. Cada ayuntamiento podrá decidir dentro de ese rango los porcentajes de bonificación que consideren convenientes. De esta manera, se homogeneizan las bonificaciones, dado que algunos municipios ya estaban empezando a aplicar descuentos por su cuenta.
¿Esto significa que las viviendas poco eficientes pasarán a pagar más?
No, se trata de una medida positiva para los que reforman su vivienda. Ningún inmueble será penalizado: los que tengan peor calificación energética y los que no hayan registrado su certificado mantendrán la cuota del IBI según los cálculos habituales.
¿Está ya aprobada esta medida?
No. De momento, se trata de una enmienda introducida en el Senado en la tramitación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016. Ésta modifica la ley de Haciendas Locales de 2004 permitiendo a los ayuntamientos reducir el IBI “hasta un 20%” a los inmuebles urbanos con certificado de eficiencia energética tipo A”.
Entraría en vigor, por tanto, el próximo 1 de enero.
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