El tiempo pasa por todos nosotros y también por todas las cosas que nos rodean. Da igual el mantenimiento o cuidado que le dediquemos, el tiempo es inexorable. En nuestras viviendas ocurre exactamente lo mismo. Cada material de construcción que se emplea tiene una fecha de caducidad. Nada es eterno.
Al igual que suceden con los coches, para nuestra seguridad es obligatorio pasar unas inspecciones periódicas para asegurar que el edificio en cuestión esta en optimas condiciones para ser habitado, estas inspecciones son conocidas comúnmente como I.T.E.
Estas siglas significan “Inspección Técnica del Edificio”. Es una inspección obligatoria para edificios de más de 30 años de antigüedad, que se lleva a cabo una vez cada 10 años. Todos los edificios están obligados a pasarla, sean edificios de vivienda, oficinas, viviendas unifamiliares o cualquier otra edificación.
Un edificio debe de pasar la I.T.E. cuando se cumplan 30 años de su construcción, y después de esta primera inspección, cada 10 años, así en este año 2.011 tendrán que pasarla todos aquellos edificios que se construyeron antes del año 1.981 y todos aquellos que pasaron su última I.T.E. en el año 2.001.
Como siempre comentamos en Vivienda saludable, todas las medidas que tomemos en nuestra vivienda son positivas para nuestros cuatro conceptos básicos: salud, seguridad,sostenibiliadad y confort. Una Inspección de este tipo nos asegurara que nuestro edificio es apto para poder habitarlo o en caso desfavorable, nos dirá que cosas se necesitan mejorar o remediar para poder estarlo. Veamos como se realiza una I.T.E.
Lo primero es saber cuando necesitamos pasarla.
Para ello, si vive en Madrid, lo mejor es consultarlo aquí.
Si su ciudad es Sevilla, aqui
Si quiere conocer la legislación especifica de cada localidad, pincha aquí.
Después se contrata a un arquitecto que se encargara de realizar una inspección visual de los siguientes puntos: fachadas, cubiertas, estructura y redes de saneamiento y fontanería.
Una vez realizada la inspección se redacta un informe que deberá estar visado por el colegio profesional.
En el caso de que, a juicio del arquitecto que firme el informe, el edificio se encuentre en buenas condiciones, el resultado de la ITE será favorable y los propietarios no estarán obligados a hacer obras. El expediente será archivado por el Ayuntamiento hasta la siguiente inspección, dentro de 10 años.
Si la ITE es desfavorable, entonces se refleja como tal en el informe, se describen las lesiones encontradas, su gravedad y su solución, y se establece un plazo aproximado para llevar a cabo las obras de reparación del edificio. Volviendo a realizarse la inspección visual una vez terminadas las obras, hasta que el informe sea favorable.
Como vemos, de lo único que debemos ocuparnos es de estar pendientes de las fechas en las cual pasarla, exactamente igual que con nuestro vehículo. El resto, siempre hay que dejarlo en manos de profesionales.