Niño sentado al lado de una ventana

Si vives o tienes vivienda en la Comunidad de Madrid, esto te interesa: ¡Ya está en marcha el Plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid 2017! No pierdas el tiempo, cambia tus antiguas y/o problemáticas ventanas por otras con las que disfrutar de mayores beneficios en tu hogar. Súmate a la eficiencia en el hogar por mucho menos dinero.

Mucho se había oído acerca de la proximidad de una nueva edición del Plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid. Pues por fin es realidad:  la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, ha puesto en marcha el nuevo Plan Renove 2017 de ayudas para el cambio de ventanas, a la que podrás acogerte si resides en dicha comunidad. Te explicamos los plazos y requisitos para facilitarte la tarea.

Plazo: Desde, hasta…

El plan está disponible desde el 29 de diciembre hasta el 30 de junio de 2017 (o hasta que se agoten los 745.000 fondos disponibles, que no son muy elevados por lo que más vale que no te duermas en los laureles si estás interesado). Una importante novedad es que en esta edición será la Comunidad de Madrid la que controle las instalaciones, así se garantiza que profesionales y expertos del sector llevarán a cabo un correcto sellamiento que hará que los valores de la ventana sean plenamente eficientes.

¿Quién puede acogerse a esta subvención?

Podemos participar en esta ayuda si tenemos viviendas o edificios del sector terciario de la Comunidad de Madrid en las que cambiamos las ventanas antiguas por ventanas nuevas y en esta compra debe estar incluida la instalación. Una instalación que será acreditada a través de la correspondiente factura emitida por la Empresa Instaladora Adherida al Plan Renove.

Además las superficies mínimas de vidrio sustituido acumulada de la actuación vinculada a la solicitud deben ser de al menos 2 metros cuadrados. Recalcamos que no solo tiene que existir la compra, la instalación debe ir asociada a esta.

Requisitos de las nuevas ventanas

Al solicitar la ayuda, las nuevas ventanas deben cumplir diversas características técnicas:

  1. Los marcos y hojas deberán ser de PVC, madera, metálicos o mixtos.
  2. En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
  3. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, tenga una transmitancia térmica (U) menor a 1,5 W/m2 · K, el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2 · K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
  4. Cuando el marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas, tenga una transmitancia térmica (U) mayor o igual a 1,5 W/m2 · K e inferior o igual a 2,0 W/m2 · K, el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer:
  • O un valor de U menor a 1,0 W/m2 K, estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.
  • O un valor de U igual a 1,0 W/m2 K e intercalario polimérico (de prestaciones térmicas mejoradas), estando formado por al menos un vidrio bajo emisivo con factor solar (g) inferior o igual a 0,50.

Exterior de unas oficinas

  1. Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
  2. En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), el cajón de persiana tenga permeabilidad al aire clase 4 e incorpore aislante térmico, de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 · K.
  3. En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva.
  4. En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
  5. Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje y el cajón de persiana deberán estar incluidos en la base de datos de la web habilitada a tal efecto.
  6. El montaje de la carpintería se realizará con anclajes y bandas o cintas expansivas clase BG1 y BGR: estanqueidad al agua mayor o igual a 600 Pa según la DIN 18542, con un ancho de banda igual al espesor de la ventana menos unos 6 mm, así como los elementos de sujeción que garanticen la seguridad de la misma.

*Atención porque no entra:  La ayuda no contempla las ventanas ubicadas en paramentos no verticales y los cerramientos acristalados que se coloquen con la finalidad de cerrar terrazas, balcones o galerías, salvo que ya conformen como parte de la vivienda.

Cuantía de la ayuda

Los beneficiarios recibirán hasta 70 € por cada metro cuadrado de doble acristalamiento de vidrio con aislamiento térmico reforzado (ATR). El ingreso de la ayuda se realiza mediante transferencia bancaria al usuario una vez que se verifique que el expediente cumple con todas las condiciones exigidas en el Plan.

El total de la ayuda nunca podrá superar el 25 % del coste elegible; formado únicamente por los conceptos de compra de ventanas, incluyendo cualquier elemento adicional, y mano de obra necesaria para su instalación.

A este 25% debemos sumarle el ahorro energético del que vamos a disponer dentro del hogar, debido a que un buen aislamiento rápidamente se amortiza y se ve reflejado en nuestras facturas energéticas.

Documentación necesaria y trámites

Para unirte a esta ayuda bastará con que te pongas en contacto con un distribuidor o instalador adherido al plan, este listado lo puedes encontrar en la web del Plan Renove de ventanas de la Comunidad de Madrid y, en esta misma, debes solicitar el Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI). En este momento el instalador comprobará si reunimos los requisitos para la ayuda y si aún quedan fondos de esta.

En caso de que queden estos fondos,  el instalador realizará la reserva de crédito para la obra y mandará  el Boletín de Solicitud de Incentivo (BOSI) y el anexo correspondiente en el que aparecen las características de los productos utilizados en la instalación, firmados por el beneficiario y el instalador. Ambos son enviados por correo electrónico al instalador en el momento de dar de alta el expediente de dicha instalación.

Una vez realizada esta operación, el instalador dispone de un plazo de 55 días naturales, a partir de la fecha de obtención del COVI, para la entrega vía telemática, a la Fundación de la Energía de la documentación consistente en presupuestos desglosados, etiquetas de vidrios que acrediten su origen…

Como beneficiarios dentro de esta documentación, la Fundación de la Energía solicita además de nuestros datos personales, los justificantes de pago bancarios. Todos  ellos deberán realizarse mediante transferencia bancaria y el emisor de la transferencia será el receptor de la ayuda. Además, debemos presentar un justificante bancario acreditativo de este número de cuenta desde la que realizamos las transferencias de pago, para así garantizar que somos los titulares de la cuenta y recibir el ingreso de la ayuda en esta misma.

Toda esta documentación sumada a la que debe rellenar el instalador, debe ser enviada por este mismo a la Fundación de la Energía vía online a través de un botón diseñado en la aplicación informática, para que la Fundación proceda a su revisión. También es posible, si tu expediente está siendo tramitado, ver el estado de su proceso en esta misma área.

¿Alguna duda? Puedes contactar con ellos a través de: www.planrenovedeventanas.com o en el teléfono 91 353 21 97

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