Familia pensando

El plan RENHATA destinado a la reforma interior de viviendas de la Comunidad Valenciana, abarca: la reforma de cocinas y baños y para adaptar la vivienda a personas con diversidad funcional.

Otro plan se activa dentro de la Comunidad Valenciana, el Plan RENHATA. Un nuevo Plan en el que las  ayudas van destinadas a actuaciones de mejora de las condiciones de habitabilidad en el interior de las viviendas. Te informamos de todo lo necesario para poder adherirte.

Plazos

Las viviendas que quieran adherirse, deberán haber iniciado sus obras a partir del 1 de enero de 2017 y ser finalizadas antes del 15 de octubre de 2017.

El plazo para la presentación de solicitudes de ayuda se inicia el día 15 de marzo de 2017 y finaliza el día 15 de mayo de 2017.
En el plazo de un mes desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la web de la Conselleria competente en materia de vivienda y en el Tablón de Anuncios de los Servicios Territoriales competentes en materia de vivienda y rehabilitación que al efecto se habiliten, el listado completo de las solicitudes, indicando aquéllas que están completas, las no admitidas a trámite y las incompletas, señalando en este caso la documentación que falta por aportar o subsanar.

Destinatarios

A estas ayudas, podrán acogerse  los propietarios, usufructuarios o arrendatarios de viviendas de la Comunitat construidas antes de 1996, salvo en actuaciones de adaptación para personas con diversidad funcional. Todas las viviendas deben ser residencia habitual de su propietario/a, inquilino/a o usufructuario/a.

Cuantía

El presupuesto del que dispone el Plan Renhata es de 3.000.000 €. Las subvenciones por vivienda nunca superarán más del 35%  del presupuesto protegible* con un máximo de 4.200 €.

El presupuesto subvencionable no será inferior a 2.000 euros ni superior a 12.000 €, con independencia del presupuesto real de las obras que puede ser mayor.

El Plan es compatible con otras ayudas como Plan de Vivienda para Rehabilitación Edificatoria y con los Planes RENHATA Eficiencia energética para la renovación de calderas y ventanas.

*El presupuesto protegible son: coste de las obras, el coste de la redacción de proyectos, los honorarios de los técnicos, tasas e impuestos. No incluyen electrodomésticos, encimera, horno o extractor de humos.

Actuaciones Subvencionables

El Plan RENHATA, subvencionará las actuaciones de reformas de interior de viviendas  referentes a reforma de cocinas y baños a fin de adecuarlos a las condiciones actuales de habitabilidad. Incluyen la adaptación de las instalaciones a la normativa vigente y, por otra parte, la reforma de la vivienda (distribuciones, ampliación de ancho de puertas, elementos de apoyo…) para adaptarla a personas con diversidad funcional.

La adjudicación de ayudas se realizará mediante concurrencia competitivas y se valorará la antigüedad de la vivienda, su calidad constructiva y, en si caso, el grado de discapacidad del ocupante de la vivienda.

Documentación

Toda la tramitación se realizará de forma telemática a través de la página web de la GVA  y la realizará un técnico colaborador, adherido al plan.

Las solicitudes deberán presentarse ante el registro electrónico y firmadas mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. Una vez cumplimentado el impreso, la solicitud será presentada telemáticamente por técnicos colaboradores, habilitados en materia de edificación residencial y adheridos a esta convocatoria para la tramitación de las ayudas de mejora de la habitabilidad de las viviendas.

¿Qué documentación debemos facilitar a los técnicos adheridos al plan?

  • Solicitud de las ayudas debidamente firmada por la parte solicitante, según impreso normalizado, indicando si es propietario, usufructuario o arrendatario.
  • Declaración responsable de la parte solicitante sobre si ha recibido o solicitado otras ayudas en relación a la actuación subvencionada, indicando el importe en su caso, según impreso normalizado.
  • Fotografías del estado de las partes de la vivienda a reformar objeto de ayuda antes de la actuación.
  • Documento que acredite la titularidad de la vivienda, como nota simple del Registro de la Propiedad, escritura pública de compraventa, escritura de partición de herencia u otros.
  • Autorización del propietario al inquilino o usufructuario de la vivienda, para realizar las obras, en el caso de que no sea la persona propietaria la solicitante de las ayudas.
  • Autorización de la persona solicitante a que el técnico colaborador realice la presentación telemática de la solicitud de ayudas.
  • Presupuesto detallado de las obras desglosado por unidades de obra, con mediciones y aplicación de precios.
  • Plano esquemático de la actuación a realizar.
  • Impreso de domiciliación bancaria debidamente cumplimentado, designando la cuenta bancaria del solicitante en la que se realizará el ingreso de las ayudas.

 

Si necesitas más información o resolver alguna consulta estos teléfonos están a disposición del público:

  • Alicante: 965 936 775
  • Castellón: 964 333 752
  • Valencia: 963 426 694

 

COMENTARIOS

  • Andrés 23/03/2017 a las 21:37

    Realmente, ¿cuál es la función del técnico? Porque si el cliente le tiene que facilitar toda esa documentación para tramitar la ayuda, ¿qué hace el técnico? ¿La entrega y tiene que esperar la respuesta de si está aprobada o no la subvención? Gracias.

  • Andrés 23/03/2017 a las 21:39

    ¿A cuánto pueden subir los honorarios del técnico por tramitar la documentación?

    • Esther 07/12/2017 a las 03:01

      Es caro.Lo mejor es pasar de estas subvenciones que parecen que están hechas para que los técnicos tengan algo de trabajo

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